El fallo histórico: separación de poderes y los límites de la IEEPA
El 20 de febrero, tras tres meses y quince días de análisis deliberativo, la Corte Suprema de Estados Unidos emitió un fallo de seis votos contra tres que redibujó los contornos del poder ejecutivo en materia comercial. El tribunal concluyó que el presidente Donald Trump había excedido las atribuciones que le confiere la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 (IEEPA, por sus siglas en inglés) al utilizarla como fundamento para imponer aranceles recíprocos generales sobre la mayoría de los socios comerciales del país.
La IEEPA, promovida por el presidente Jimmy Carter y próxima a cumplir cincuenta años de vigencia, autoriza al presidente a regular el comercio internacional tras la declaración de una emergencia nacional que represente una amenaza inusual y extraordinaria proveniente del exterior. Sin embargo, según interpretó la Corte, esa facultad regulatoria no equivale ni se extiende a la potestad de establecer aranceles generales, competencia que la Constitución reserva expresamente al Congreso.
Lo que hace particularmente contundente esta decisión es su dimensión histórica: la Corte constató que, durante los casi cincuenta años de vigencia de la IEEPA, ninguno de los doce presidentes que gobernaron bajo su amparo la había utilizado jamás para imponer aranceles. En tiempos de paz, razonaron la mayoría de los magistrados, solo el Poder Legislativo puede establecer cargas que afecten directamente la billetera de los contribuyentes. La sentencia erige así una defensa firme del principio de separación de poderes entre el Legislativo y el Ejecutivo.
Para arribar a esta conclusión, el tribunal examinó con detenimiento las ocho facultades expresas que la ley confiere al presidente: bloquear o suspender, regular, dirigir y obligar, anular, invalidar, impedir, prohibir, e investigar y supervisar. Ninguna de ellas, determinó la mayoría, alcanza para sostener la imposición de aranceles generales. Con ese razonamiento, la Corte anuló los gravámenes recíprocos que Trump había lanzado en abril del año anterior y que, durante diez meses de vigencia, afectaron a la gran mayoría de los países del mundo, acompañados de una frase que el presidente convirtió en divisa política: «Arancel es la palabra más linda del diccionario».
Lo que el fallo no toca: las facultades arancelarias que sobreviven
La anulación no es total ni equivale a un desarme comercial del ejecutivo. La Corte no cuestionó dos instrumentos que conservan plena vigencia y que han sido utilizados activamente durante la administración Trump.
El primero es la Sección 232 de la Ley de Comercio de 1962, que permite imponer aranceles para proteger sectores considerados estratégicos por su vínculo con la seguridad nacional. Bajo esta norma se mantienen vigentes gravámenes de entre el 25% y el 50% sobre el acero, el aluminio, los vehículos y las autopartes, entre otros productos.
El segundo es la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, que faculta a la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) a investigar y sancionar prácticas comerciales extranjeras consideradas desleales, irrazonables o violatorias de acuerdos comerciales vigentes. Esta herramienta también ha sido empleada en casos vinculados a vulneraciones de derechos laborales y humanos.
Ambos mecanismos quedan intactos y constituyen el arsenal arancelario que la administración puede seguir desplegando con sustento legal.
Diez meses de aranceles y una agenda negociadora
Los aranceles recíprocos, aunque ahora anulados, no transcurrieron en el vacío. Durante su vigencia, la Casa Blanca los utilizó como palanca de negociación para avanzar en acuerdos con múltiples países. China, India, Malasia, Guatemala, El Salvador, Ecuador y Argentina figuran entre los que realizaron concesiones en condiciones de acceso para productos norteamericanos a cambio de alivios tarifarios. Este período de negociaciones activas bajo presión arancelaria muestra cómo la política comercial de Trump convirtió el arancel en instrumento diplomático antes de que el tribunal cortara su base legal.
170.000 millones en disputa: la batalla por los reembolsos
La anulación de los aranceles abre una controversia económica de dimensiones extraordinarias. Durante los diez meses de vigencia de los gravámenes recíprocos, los importadores estadounidenses abonaron más de 170.000 millones de dólares en aranceles, cifra que según algunos cálculos podría ascender hasta los 175.000 millones. La pregunta que ahora sacude los tribunales comerciales y las salas de juntas corporativas es directa: ¿quién devuelve ese dinero, cuándo y cómo?
La Corte Suprema optó por guardar silencio en su fallo sobre la cuestión de los reembolsos, delegando esa responsabilidad en el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos (CIT), con sede en Nueva York. Esa omisión no fue inocente: abrió un vacío que inmediatamente comenzó a llenarse de litigios.
El propio presidente Trump ofreció una señal poco alentadora para los importadores al sugerir que su gobierno podría oponerse a los reembolsos o al menos no facilitar el proceso, y aventuró que el asunto «tendrá que litigarse», potencialmente durante años. Ante ese escenario, el Departamento de Justicia solicitó un aplazamiento de hasta cuatro meses para estudiar sus opciones. El Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal en Washington rechazó esa petición mediante una escueta orden de una página y devolvió el caso de inmediato al CIT.
La recaudación de aranceles recíprocos bajo la IEEPA se interrumpió a partir del 24 de febrero, días después del fallo, aunque la sentencia no especificó el mecanismo de devolución ni si los reembolsos devengarían intereses.
La oleada de demandas: más de 2.000 casos y grandes marcas en los tribunales
En los días transcurridos desde el fallo, más de cien empresas presentaron nuevas demandas, elevando el total de litigios relacionados con aranceles por encima de los 2.000 casos, según un análisis de Bloomberg News. La cifra, que ya representa una carga considerable para el tribunal de comercio, constituye apenas una pequeña fracción de los cientos de miles de importadores que pagaron los gravámenes anulados.
Entre los demandantes de mayor perfil figuran FedEx Corp., Dyson Inc., Dollar General Corp., Bausch & Lomb Inc., Brooks Brothers, Sol de Janeiro USA Inc., filiales de L’Oréal SA, On Holding AG y Skechers USA Inc. FedEx precisó en un comunicado que ha tomado las medidas necesarias para proteger sus derechos como importador registrado y que, de recibir reembolsos, los trasladará a los remitentes y consumidores que originalmente asumieron esos cargos.
La incorporación de grandes compañías cotizadas ha tenido un efecto catalizador sobre empresas más pequeñas. Como explicó Jason Kenner, abogado especializado en comercio: cuando ejecutivos de firmas menores ven que una gran corporación con abogados internos presenta su demanda, infieren que quizás esa empresa sabe algo que ellos desconocen. El abogado David Craven añadió otra lectura estratégica: la presencia masiva de compañías como FedEx y Costco reduce el temor a represalias por parte de la Casa Blanca.
Sin embargo, los expertos advierten que nadie debería contar con ese dinero en el corto plazo. «No es dinero con el que se pueda contar en el corto plazo», resumió Nate Herman, vicepresidente ejecutivo de la American Apparel & Footwear Association.
El CIT ante la mayor operación de devolución arancelaria de la historia
El Tribunal de Comercio Internacional enfrenta ahora la tarea de diseñar y administrar lo que podría convertirse en la mayor operación de devolución arancelaria en la historia de Estados Unidos. El tribunal tiene experiencia en procesos masivos de reembolso: tras la decisión de la Corte Suprema de 1998 que anuló un impuesto de mantenimiento portuario sobre exportaciones, gestionó varios miles de reclamaciones. Sin embargo, la escala del desafío actual no tiene precedente.
Los abogados involucrados trabajan en condiciones de frenesí para preservar las reclamaciones de sus clientes, ya que muchas partidas han sido liquidadas, lo que añade complejidad técnica y documental al proceso. Según las normas aduaneras estadounidenses, los importadores disponen habitualmente de 180 días tras la liquidación de las partidas para impugnar los aranceles pagados.
Las demandas han sido impulsadas en parte por acciones conocidas como tag-along, mecanismos que trasladan solicitudes pendientes entre tribunales para salvaguardar derechos y evitar que venzan los plazos legales. La impugnación original fue iniciada por pequeñas empresas, en particular la compañía de juguetes educativos Learning Resources; desde entonces, el universo de demandantes creció exponencialmente.
La batalla por los reembolsos podría desencadenar litigios secundarios de naturaleza privada, como disputas entre importadores y minoristas que acordaron compartir costos arancelarios durante el período de vigencia. Un ciudadano de Nueva York ya presentó una demanda colectiva contra EssilorLuxottica SA para recuperar lo que afirma haber pagado de más por gafas Ray-Ban debido a incrementos de precio vinculados a los aranceles. Los consumidores finales no pueden solicitar devoluciones directamente a las autoridades aduaneras, incluso si las empresas les trasladaron el costo mediante subidas de precios. Legisladores demócratas han instado al gobierno a enviar cheques de reembolso directamente a los hogares estadounidenses, una propuesta que aún no tiene visos de prosperar.
Nuevos aranceles inmediatos: la administración no se queda sin instrumentos
Pocas horas después del fallo del 20 de febrero, la administración reaccionó con celeridad. Amparada ahora en la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, impuso un nuevo arancel del 10% sobre bienes procedentes de todos los países y apuntó a una posible elevación al 15% durante un período de 150 días, con algunas exenciones para sectores como la aviación civil. El movimiento confirmó que la Casa Blanca no tiene intención de ceder el terreno ganado en política comercial y que cuenta con instrumentos alternativos para mantener la presión arancelaria.
El impacto para Europa: alivio parcial pero sin reembolsos directos
Para la Unión Europea, la decisión del Tribunal Supremo estadounidense ofrece un alivio real pero acotado. Los productos europeos —maquinaria, productos químicos, vehículos, artículos de lujo— estuvieron sujetos a los aranceles recíprocos de la IEEPA durante los diez meses de vigencia. Con esas medidas invalidadas, los exportadores del bloque quedan liberados de esa carga específica.
Sin embargo, hay un punto crítico que conviene subrayar: las devoluciones irán exclusivamente a los importadores estadounidenses que pagaron los aranceles. Las empresas, gobiernos o proveedores europeos que absorbieron costos o perdieron ventas durante ese período no tienen derecho legal directo sobre los reembolsos del Tesoro estadounidense. Cualquier beneficio posterior dependerá de que los importadores norteamericanos decidan trasladar esos ahorros mediante precios más bajos o mejores condiciones comerciales, una decisión que responde a lógicas de mercado y no a mandatos legales.
La Comisión Europea ha calificado el fallo como una reafirmación oportuna del sistema de contrapesos institucionales y del Estado de derecho, subrayando al mismo tiempo la necesidad de claridad y estabilidad en el comercio transatlántico. El servicio de estudios del Parlamento Europeo ha destacado el alcance más amplio de la sentencia, aunque también ha señalado el silencio del fallo sobre las devoluciones. Con todo, la UE ha paralizado la ratificación de un marco recientemente negociado para un acuerdo comercial bilateral ante el escenario de incertidumbre persistente, y se multiplican las peticiones de renegociar y aclarar determinados puntos.
El panorama general para los exportadores europeos sigue siendo de gran volatilidad. No existe ningún mecanismo que permita a entidades de la UE recibir reembolsos directos, lo que obliga a los exportadores del bloque a navegar la incertidumbre política mediante la diplomacia y la adaptación estratégica, mientras aguardan señales más claras sobre la dirección que tomará la política comercial estadounidense en los próximos meses.



