En el tratamiento del proyecto que establece medidas de racionalización del gasto público, la Cámara de Senadores se ratificó en su versión de incluir a funcionarios de las binacionales dentro de la prohibición de percibir un salario superior al estipulado para el presidente de la República (Gs. 37.000.000).
En su paso por la Cámara de Diputados, este artículo fue eliminado quedando el tope en salarios y remuneraciones para todo funcionario público y autoridades de rango superior dentro del Presupuesto General de la Nación.
El proyecto igualmente prohíbe para las autoridades públicas de rango superior (presidente, ministros y consejeros) la adquisición a través de los presupuestos de las entidades los servicios de seguro médico privado, telefonía celular, provisión de combustibles, entre otros.
El proyecto también limita a tres los números de asesores que cada autoridad de rango superior podrá incorporar a las instituciones a su cargo, quienes durarán en sus funciones mientras lo hagan dichas autoridades.
También prohíbe a las autoridades de rango superior el nombramiento directo de parientes dentro del cuarto grado de consanguineidad y segundo de afinidad en cualquier institución pública o entidades binacionales, a no ser que cumpla el rol de asesor o ingrese por concurso público de oposición.
Finalmente, el proyecto con origen en la propia Cámara Alta fue ratificado por 38 senadores y es devuelto a la Cámara de Diputados para su estudio y consideración.