La Presidencia de la República, a través del Decreto N° 4.617, fijó los nuevos valores fiscales inmobiliarios establecidos por el Servicio Nacional de Catastro del Ministerio de Hacienda, siendo el ajuste realizado de 1,7% tanto para inmuebles urbanos como rurales.
De acuerdo con el reporte de Hacienda, los nuevos valores fiscales servirán como base imponible para el ejercicio fiscal 2021. El documento señala que se ajustarán los valores fiscales para el año 2021 solo por la tasa del Índice de Precios al Consumidor (IPC), emitida por el Banco Central del Paraguay (BCP), que en el período de los doce meses anteriores al 1 de noviembre de 2020 alcanza 1,7%, a través de la Nota BC/N° 241/2020.
Además, el Decreto explica que, ante la crisis actual por la pandemia del Covid-19 y que afecta negativamente a la economía del país y del mundo, se posterga por un año más la actualización (de cada cinco años) de valores fiscales por el índice de variación del mercado inmobiliario, conforme a la Ley N° 5513/2015, y que a partir del año 2022 serán actualizados los valores fiscales de acuerdo con el índice de variación de precios inmobiliarios, que ya considere el impacto de la crisis.
En ese sentido, se aprueban los valores fiscales expresados en guaraníes por metro cuadrado de los inmuebles urbanos ubicados en la capital de la República y en los municipios del interior del país, determinado por el Servicio Nacional de Catastro.
Asimismo, se establece que, a los efectos de la valoración fiscal, el Servicio Nacional de Catastro utilizará la nomenclatura catastral Cuenta Corriente para los inmuebles ubicados en zonas urbanas y utilizará la nomenclatura catastral Padrón para los inmuebles ubicados en zonas rurales, estableciendo las excepciones posibles en el Decreto.