back to top
30.7 C
Asunción
jueves, marzo 26, 2026

La DNIT exige más detalle sobre utilidades y reservas a empresas, mientras prepara proyecto para gravarla

- Anuncio -spot_img
- Anuncio -spot_img

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) emitió la Resolución General N.º 49/2026, mediante la cual amplía las exigencias informativas para los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) que están obligados a presentar estados financieros. La medida, que rige para los estados financieros cerrados a partir del 31 de diciembre de 2025, establece que dichos contribuyentes deberán incorporar en las Notas a los Estados Financieros un detalle exhaustivo sobre la composición y el destino de sus utilidades y resultados acumulados, en el marco de la Obligación 948.

Según la resolución, las notas deberán contener como mínimo la conciliación de las utilidades acumuladas, la identificación de aquellas susceptibles de distribución y el detalle del destino de las mismas, incluyendo dividendos distribuidos, utilidades capitalizadas, reservas constituidas y montos pendientes de distribución. Adicionalmente, los contribuyentes deberán especificar la composición de sus reservas —ya sean legales, facultativas, estatutarias u otras— indicando el saldo inicial, los movimientos registrados durante el ejercicio y el saldo final, junto con información sobre el origen, la finalidad, el ejercicio de generación y la posibilidad de distribución futura de dichos fondos.

Un contexto de presión fiscal y debates sobre las reservas empresariales

La resolución se emite en un momento de creciente tensión entre el fisco y el sector empresarial. En días previos, el titular de la DNIT, Óscar Orué, anunció la elaboración de un proyecto de ley orientado a regular el uso de las reservas facultativas, con el argumento de que algunas empresas estarían haciendo un uso abusivo de dicho mecanismo para postergar o eludir el pago del Impuesto a los Dividendos y a las Utilidades (IDU). La propuesta apuntaría a establecer un plazo máximo de tres años para mantener recursos en reservas, tras el cual deberían ser capitalizados o distribuidos.

Orué señaló que en un año las reservas detectadas ascendían a G. 400.000 millones, equivalentes a unos USD 61,5 millones, y que aplicando una tasa del 8% de IDU para empresarios residentes, la recaudación potencial rondaría los USD 4,9 millones, cifra que representa apenas el 1% de las recaudaciones totales del año 2025. El contexto que rodea estas iniciativas es el de una caída en los ingresos tributarios que generó fuerte presión sobre las finanzas públicas y llevó al Ministerio de Economía a elaborar un plan de ajuste del gasto, denominado «economía de guerra».

Alcance amplio y dudas sobre contribuyentes que ya presentaron sus declaraciones

La resolución tiene un alcance amplio, dado que la obligación de presentar estados financieros recae sobre todo tipo de entidades: empresas, sociedades, cooperativas, clubes y asociaciones sin fines de lucro. En la práctica, esto implica que el nuevo requerimiento informativo cubre una gran cantidad de contribuyentes.

No obstante, persiste una zona gris respecto de las entidades que ya cumplieron con la presentación de sus estados financieros antes de la emisión de la resolución, como ocurre con la mayoría de las entidades financieras y bancarias, que suelen presentar sus declaraciones a comienzo de año. Hasta el momento, la DNIT no se ha pronunciado sobre si dichos contribuyentes deberán adecuarse a la nueva exigencia de forma retroactiva.

En cuanto al respaldo documental, profesionales del sector contable señalaron que la declaración de reservas requiere sustento formal en actas de asamblea y de directorio, según el tipo de empresa, lo que incrementa la carga administrativa sobre los contribuyentes.

Sector empresarial y contable rechaza el plan de gravar las reservas

Gremios empresariales y referentes del ámbito tributario y contable manifestaron su oposición a las iniciativas del Gobierno. La medida fue calificada en algunos sectores como inconstitucional y arbitraria, por considerar que avanza sobre la autonomía de las empresas en la gestión de sus recursos. Desde el Colegio de Contadores del Paraguay, la profesional Alba Talavera advirtió que muchas empresas carecen de liquidez suficiente para afrontar distribuciones forzosas, aun cuando sus balances reflejen recursos, dado que dichos fondos suelen estar destinados a inversiones o provisiones para compras futuras.

La DNIT, por su parte, justificó la resolución amparándose en la Ley N.º 6380/2019 y su reglamentación, que regula el IDU, cuyo hecho generador se configura con la puesta a disposición o el pago de utilidades a socios o accionistas. El organismo sostuvo que la medida apunta a fortalecer los mecanismos de control y transparencia en la información contable, y que la mayor disponibilidad de datos permitirá optimizar los procesos de fiscalización y brindar mayor seguridad jurídica.

Sin embargo, desde la óptica de los profesionales contables, el objetivo real de la resolución es ampliar la capacidad fiscalizadora de la administración tributaria para detectar eventuales inconsistencias en la declaración de utilidades y reservas, lo que podría derivar en la aplicación de impuestos, recargos y multas en caso de que las operaciones no estén debidamente documentadas y sustentadas.

- Anuncio -spot_img

Mas Artículos

- Anuncio -spot_img

Ultimos Artículos