Impulsores de la “Industria eléctrica nacional” presentaron a la Comisión de Entes Binacionales de la Cámara de Diputados el anteproyecto de “ley general”, que busca regular –entre otras cosas– la generación, transporte, distribución, servicios de recarga energética y comercialización de la energía eléctrica.
El proyecto de legislación, impulsado por los ingenieros Nelson Cristaldo y Javier Villate busca, asimismo, establecer reglas claras para los intercambios internacionales de energía eléctrica, complementando lo estipulado en los tratados internacionales relativos a la materia y acordados por el Gobierno Nacional. Además, la gestión técnica, económica y fiscalización del sistema eléctrico nacional, que incluye las interconexiones con los sistemas eléctricos de los países vecinos y con los mercados eléctricos regionales.
Según el proyecto, la ley tiene por finalidad propiciar el abastecimiento de la demanda de los servicios de energía eléctrica y el acceso de la comunidad, bajo criterios de eficiencia económica, viabilidad financiera, calidad y confiabilidad de servicio, dentro de un marco de uso racional y eficiente de los diversos recursos energéticos del país.
Igualmente, pretende establecer el marco legal que garantice el suministro de energía eléctrica al “mínimo coste” e incentive la eficiencia económica en el desarrollo de las actividades de generación, transporte, distribución, servicios de recarga energética y comercialización, así como en el uso de la energía eléctrica.
En ese mismo sentido, busca promover la competencia y la participación del sector privado como instrumentos básicos para incrementar la eficiencia en la prestación de los servicios, mediante las modalidades que se consideren más convenientes al efecto. Igualmente, promover políticas de responsabilidad social y ambiental en toda actividad de la industria eléctrica, y asegurar la protección de los derechos de los usuarios.
Según el anteproyecto, las actividades relacionadas a la industria eléctrica se regirán por siguientes principios:
Eficiencia: obliga a la correcta y óptima asignación y utilización de los recursos en el suministro de electricidad a costo mínimo.
Transparencia: exige que las autoridades responsables de los procesos regulatorios conduzcan de manera pública, asegurando el acceso a la información sobre los mismos a toda autoridad competente y personas que demuestren interés, y que dichas autoridades rindan cuenta de su gestión, en la forma establecida por las normas legales aplicables y los reglamentos.
Calidad: obliga a observar los requisitos técnicos que establezcan los reglamentos.
Continuidad: El suministro debe ser prestado sin interrupciones, a no ser las programadas por razones técnicas debidamente justificadas, las que resultaren de fuerza mayor o de las sanciones impuestas al consumidor por incumplimiento de sus obligaciones o uso fraudulento de la electricidad, entre otros.
El anteproyecto de ley también crea la Superintendencia de electricidad como el organismo con jurisdicción nacional que cumple la función de regulación de las actividades de la industria eléctrica y le corresponderá la aplicación de la ley. La misma será una entidad autárquica en el ámbito de la Autoridad de Aplicación, con independencia funcional, presupuestaria y facultades administrativas suficientes para asegurar la capacidad técnica y financiera necesaria para el cumplimiento de sus objetivos. Su integración y funcionamiento en la misma ley que crea.
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